Resumen: La demandante reclama como subarrendadora a la subarrendataria unas determinadas rentas. La sentencia de la Audiencia considera que el procedimiento seguido es correcto (juicio verbal) y que en un proceso de que no es propiamente de desahucio, sino sólo de reclamación de rentas sí es posible reconvenir. Distingue entre el contrato de franquicia y el de subarrendamiento, por lo que no confunde las prestaciones de uno y otro. Considera que sí que se adeudan rentas y que también es posible oponer a la reclamación de éstas la cláusula rebus sic stantibus derivada de la situación de pandemia provocada por el COVID. Sin embargo, le corresponde al arrendatario o subarrendatario probar que su deficiente situación económica tiene relación con esas circunstancias excepcionales; para lo cual ha de accionar. En este caso concreto mediante una reconvención. Lo que no ha hecho, impidiendo, pues, entrar a valorar su oposición por tal motivo.
Resumen: El perito concluye en el informe pericial que sirve de base a la comprobación de valores que las circunstancias relevantes a efectos de su valoración se obtienen de los datos catastrales, urbanísticos y registrales, así como de la cartografía e información gráfica disponible, sin que, a la vista de dicha documentación, se aprecien en los mismos singularidades que aconsejen su inspección ocular. En consecuencia, la carencia de suficiente motivación del informe pericial que determinó el incremento del valor de inmueble y, con ello, de la liquidación que lo refleja, en un criterio de credibilidad personal de la conclusión pericial que ha prescindido, por completo, de la exigencia reiterada por la jurisprudencia con la consecuencia de no estimar conforme la liquidación impugnada fruto del procedimiento comprobación limitada.